Ministerio de Trabajo desmiente autorización general a empresas de supermercados para suspender personal
El Ministerio de Trabajo, a cargo de Raquel Kelly Olmos, desmintió rotundamente las versiones que aseguraban una supuesta autorización general a las empresas del sector supermercados para suspender a su personal debido a motivos económicos como la falta o disminución de trabajo, junto con el pago de sumas no remunerativas. Estas versiones sostenían que esta medida se daba en virtud de los convenios suscriptos entre la Federación de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las cámaras empresariales.
El Ministerio de Trabajo aclaró que la Secretaria de Trabajo, a través de la resolución n° 1973/2023 de septiembre del 2023, había homologado las adhesiones de las empresas al Acuerdo Marco de Actividad 765/20 el pasado 5 de mayo de 2020. Pero, según explicó la cartera laboral, dicho acuerdo fue una normativa de excepción aplicable exclusivamente en el contexto de la pandemia del COVID-19 y no tiene ninguna vigencia para períodos actuales o futuros.
De esta manera, el comunicado emitido por el Ministerio respalda las declaraciones de la Federación de Empleados de Comercio y Servicios, liderada por Armando Cavalieri, quien también desmintió la existencia de un acuerdo entre el gremio y la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA).
Desde FAECyS, rechazaron rotundamente estas versiones y calificaron las informaciones como erróneas, enfatizando que se había interpretado de manera equivocada las resoluciones mencionadas, dando a entender que el gremio avalaba la suspensión del personal de supermercados por razones económicas.
Ante este panorama, tanto el Ministerio de Trabajo como la Federación de Empleados de Comercio y Servicios dejaron en claro que no existe una autorización general para suspender al personal de supermercados, desmintiendo las versiones y resaltando que la normativa mencionada no tiene vigencia en la actualidad ni para el futuro.
Resumen de la noticia
– El Ministerio de Trabajo desmintió una supuesta autorización general a empresas de supermercados para suspender a su personal y pagar sumas no remunerativas.
– La resolución del Ministerio homologó adhesiones de empresas al Acuerdo Marco de Actividad 765/20, pero dicha normativa no tiene vigencia para períodos actuales o futuros.
– El gremio de empleados de comercio también desmintió la existencia de un acuerdo con las cámaras empresariales.
– FAECYS afirmó que se interpretaron de manera equivocada las resoluciones y que el gremio no avala la suspensión del personal de supermercados.
– El comunicado emitido por el Ministerio va en línea con lo expresado por el gremio.