octubre 13, 2024
¿Qué pasa en la OIT con el derecho a la huelga?

El conflicto sobre el derecho a la huelga ha generado un estancamiento en el funcionamiento de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) desde la Conferencia Internacional del Trabajo de 2012. En esa conferencia, el Grupo de los Empleadores cuestionó la interpretación histórica del Convenio 87 sobre libertad sindical en relación a la protección del derecho a la huelga.

Desde su aprobación en 1948, el Convenio 87 estableció que la huelga estaba comprendida como una acción propia del ejercicio de la libertad sindical y no se mencionaba específicamente en el texto. Sin embargo, a lo largo de los años, la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR) de la OIT ha sostenido que el derecho a la huelga está protegido por el Convenio 87 y ha establecido parámetros para su aplicación.

Por otro lado, el Grupo de los Trabajadores, el Grupo Gubernamental, organismos de Naciones Unidas, cortes internacionales y la mayoría de la doctrina jurídica laboralista han respaldado la interpretación de la CEACR. Sin embargo, el Grupo de los Empleadores ha bloqueado el funcionamiento del sistema de control de la OIT, impidiendo que trabajadores, empleadores y gobiernos se beneficien de la orientación e interpretación autorizada sobre las limitaciones legales al ejercicio del derecho de huelga.

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Desde hace más de una década, los actores sociales han intentado resolver el conflicto mediante el diálogo social sin éxito. Ante la falta de acuerdos, se han explorado las opciones de consulta a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) y el establecimiento de un tribunal interno previstos en el Estatuto de la OIT.

El Grupo de los Trabajadores ha impulsado la convocatoria de una reunión extraordinaria el 10 de noviembre de 2023 para tratar el conflicto y solicitar la opinión consultiva de la CIJ sobre si el derecho a la huelga está contenido en el Convenio 87. Los trabajadores cuentan con el apoyo de los gobiernos de 36 países.

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Por su parte, los empleadores presentaron una petición para incluir urgentemente un punto normativo sobre el derecho a la huelga en la Conferencia Internacional del Trabajo de junio de 2024, con el objetivo de evitar que el conflicto se resuelva en la CIJ. Sin embargo, esta propuesta representa una restricción al derecho de huelga y una devaluación de su fuerza normativa.

Ante estas posiciones opuestas, el Director General de la OIT ha convocado a dos reuniones extraordinarias en noviembre. La primera, solicitada por los trabajadores y 36 gobiernos, analizará la propuesta de remitir la controversia a la CIJ. La segunda, solicitada por los empleadores, buscará incluir un punto normativo sobre el derecho a la huelga en la Conferencia de 2024.

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El desenlace del conflicto dependerá de los gobiernos, que son quienes tomarán la decisión final en el Consejo de Administración de la OIT. Este órgano está compuesto por representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores, y su resolución marcará el rumbo a seguir respecto al derecho a la huelga.

Resumen de la noticia

– El conflicto sobre el derecho a la huelga ha bloqueado el funcionamiento de la OIT desde la CIT de 2012.
– El Grupo de los Empleadores cuestionó la interpretación del Convenio 87 sobre libertad sindical y el derecho a la huelga.
– Los trabajadores solicitan remitir la controversia a la CIJ para que se pronuncie sobre el derecho a la huelga.
– Los empleadores quieren discutir un protocolo que regule los límites y la extensión del derecho a la huelga.
– Se han convocado dos reuniones extraordinarias en noviembre para tratar estos temas.

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