La Justicia rechaza la inscripción del Movimiento Empresarial Antibloqueos (MEAB) como asociación civil
La Cámara Civil ha validado la decisión de la Inspección General de Justicia que rechazó la inscripción del Movimiento Empresarial Antibloqueos (MEAB) como asociación civil. Esta decisión supone un duro golpe para este espacio empresarial impulsado por la abogada Florencia Arietto.
La problemática de la asociación civil empresarial
La Cámara Civil, liderada por Paola Guisado y Juan Pablo Rodríguez, ha confirmado el rechazo a la inscripción de la asociación civil empresarial debido a su objetivo de luchar contra los bloqueos sindicales extorsivos que provocan la paralización de la actividad.
El problema reside en el objeto social elegido por los empresarios, que incluye la construcción de una Red de Ayuda y Asistencia Integral para empresas y entidades víctimas de bloqueos sindicales extorsivos y de cualquier acción delictiva que impida el libre ejercicio del comercio, la industria o los servicios.
La decisión de la Inspección General de Justicia
En junio pasado, la Inspección General de Justicia (IGJ) rechazó la inscripción de la asociación civil MEAB debido a que su objetivo contradice el ejercicio de los derechos colectivos de los trabajadores. La IGJ calificó estos bloqueos sindicales como extorsivos y delictivos.
La organización intentó corregir su objeto de funcionamiento y eliminó las referencias a los bloqueos sindicales en su nombre, pero la Cámara Civil consideró que este cambio era insuficiente para otorgar la autorización solicitada.
Según los camaristas, la asociación civil continúa manteniendo la referencia a los bloqueos sindicales en su nombre, lo que puede inducir a error sobre su verdadera actividad.
La Justicia destaca que el nombre de una persona jurídica debe evitar denominaciones que induzcan a error sobre su verdadera actividad u objeto.
Con esta decisión, la Justicia ha confirmado el rechazo a la inscripción de la asociación civil MEAB, dejando claro que su objetivo de luchar contra los bloqueos sindicales extorsivos no es compatible con los derechos colectivos de los trabajadores.
Resumen de la noticia
– La Justicia validó la decisión de rechazar la inscripción del Movimiento Empresarial Antibloqueos como asociación civil.
– El motivo de rechazo fue que entre los objetivos de la asociación figuraban medidas contra bloqueos sindicales extorsivos que paralicen la actividad.
– La organización eliminó las referencias a los bloqueos sindicales en su objeto de funcionamiento, pero las mantuvo en su nombre.
– La Justicia consideró que esta contradicción era suficiente para denegar la autorización y confirmar la resolución apelada.
– El nombre de una asociación debe evitar generar confusiones sobre su verdadera actividad.